El pliego de prescripciones técnicas para la adjudicación del contrato para la colocación de máquinas expendedoras de bebidas y alimentos sólidos en diversas dependencias municipales del Ayuntamiento de Zaragoza, elaborado el 7 de Abril del 2005, en su punto 6.7 recoge lo siguiente:
“En las máquinas de bebidas calientes será obligada la utilización del café denominado de “COMERCIO JUSTO”. Para garantizar la autenticidad de este café, la empresa concesionaria deberá acreditar la condición de café de Comercio Justo, aportando los correspondientes certificados, expedidos por entidades certificadoras reconocidas o, en su defecto, por alguna de las entidades integradas en la Coordinadora Estatal de Comercio Justo. A requerimiento del Excmo. Ayuntamiento, deberán facilitar cuanta documentación garantice que todo el café suministrado a través de este medio procede del Comercio Justo. Siguiendo las instrucciones que se indiquen al respecto por el Ayuntamiento y que garanticen una uniformidad, la empresa concesionaria deberá publicitar visiblemente en la máquina expendedora la procedencia del café.”